¿Tu cooperativa se enfrenta a una posible disolución? En FECOMA te acompañamos en todo el proceso
Desde la Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid (FECOMA) trabajamos para representar, apoyar y fortalecer a las entidades del cooperativismo y la Economía Social en nuestra comunidad. A lo largo de los años hemos acompañado a numerosas cooperativas en su creación, consolidación… y también en los momentos más difíciles. Uno de ellos es, sin duda, la decisión de disolver una cooperativa.
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¿Por qué una cooperativa puede llegar a disolverse?
Existen muchos motivos legítimos que pueden llevar a una cooperativa a su disolución. No siempre se trata de un fracaso ni tiene por qué estar relacionado con una mala gestión. Es más, en muchos casos obedece a razones legales o a decisiones racionales de sus personas socias.
Estos son los principales motivos por los que puede disolverse una cooperativa:
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Pérdida de la finalidad para la que fue creada. Si ya no se desarrollan las actividades fundacionales o el objeto social carece de sentido, la disolución puede ser la consecuencia natural.
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Incapacidad para afrontar deudas o mantener la actividad. La inviabilidad económica sostenida lleva, en algunos casos, a poner fin ordenado al proyecto.
- Fusión o escisión total de la cooperativa. En caso de integrarse la cooperativa en otra entidad mediante fusión o de dividirse totalmente en nuevas cooperativas (escisión total), la cooperativa originaria se disuelve.
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Falta de acuerdo entre las personas socias. Si los desacuerdos impiden la toma de decisiones básicas, la cooperativa puede quedar paralizada y sin gobernabilidad.
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Reducción del número de personas socias por debajo del mínimo legal. En la Comunidad de Madrid, una cooperativa debe contar con al menos tres personas socias trabajadoras. Si este número no se mantiene, se incumple la legalidad.
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Finalización del plazo de duración fijado en los estatutos. Algunas cooperativas nacen con un plazo determinado. Una vez superado, si no se acuerda la prórroga, la disolución es obligatoria.
- Inactividad continuada o la falta de realización de la actividad cooperativizada durante dos años consecutivos. Si la cooperativa deja de operar y cumplir su objeto social durante 2 años seguidos, puede ser disuelta.
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Disolución y liquidación: pasos a seguir
Ya sea por ser la única salida viable o por acuerdo voluntario de las personas socias, una vez tomada la decisión, comienza el proceso formal de disolución y liquidación de la cooperativa.
A continuación, te detallamos los pasos fundamentales, teniendo en cuenta la normativa aplicable en la Comunidad de Madrid:
1. Aprobación en Asamblea General
La disolución debe aprobarse mediante acuerdo de la Asamblea General, con el quórum y mayoría cualificada necesaria. En algunos casos se necesitará una mayoría cualificada de 2/3 de los votos para aprobarla (disolución es voluntaria, fusión/escisión total, etc.); en otros bastará con una mayoría ordinaria de votos (liquidación por pérdidas, por inactividad, etc.).
2. Nombramiento de personas liquidadoras
La Asamblea debe designar a una o varias personas liquidadoras, que asumirán la gestión de la cooperativa durante esta fase. Su función es garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones pendientes y la correcta extinción de la entidad. Una vez nombrados los liquidadores el anterior órgano de administración cesa en sus funciones (pierden sus poderes de gestión). Los liquidadores deben preparar un balance económico de la situación patrimonial de la cooperativa al momento de disolverse. Esto incluye activos, deudas, derechos y obligaciones.
3. Publicación en el Boletín Oficial
Es obligatorio publicar el acuerdo de disolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), indicando los datos de la cooperativa y el nombre de las personas liquidadoras. Este anuncio permite que terceros con intereses legítimos estén informados del proceso.
4. Comunicación a registros y organismos
Una vez adoptado el acuerdo de disolución, debe comunicarse al Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid. Se requerirá comprobar que se ha realizado esta publicación oficial en el BOCM. También hay que elevar a escritura pública ante notario el acuerdo de disolución de la cooperativa.
Igualmente, hay que notificar a Hacienda, Seguridad Social y otras administraciones pertinentes. La cooperativa pasará a denominarse “en liquidación”.
5. Liquidación de obligaciones
Las personas liquidadoras deben atender todas las obligaciones pendientes de la cooperativa:
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Pagar salarios e indemnizaciones a trabajadores/as.
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Cumplir con deudas con proveedores, entidades financieras y administraciones.
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Reclamar créditos a favor de la cooperativa si los hubiera.
Este proceso debe realizarse con transparencia y en estricto orden de prelación de pagos.
6. Redacción del balance final
Una vez saldadas todas las deudas y cumplidas las obligaciones, se elabora el balance final de liquidación, en el que se reflejan los bienes o fondos restantes. Una vez elaborado, la Asamblea deberá aprobar el balance final de liquidación y el proyecto de distribución del haber social, si lo hubiera.
7. Reparto del haber social
Los bienes sobrantes se reparten entre las personas socias conforme a la legislación vigente. En particular, deben respetarse los fondos irrepartibles (como el Fondo de Reserva Obligatorio), que se destinan a la promoción del cooperativismo o a entidades de Economía Social. FECOMA puede ser una de las receptoras autorizadas de estos fondos, utilizándolos para apoyar nuevos proyectos y fortalecer el sector.
8. Escritura pública y cancelación registral
Finalmente, el proceso concluye con la elevación a escritura pública del cierre de liquidación, que debe ser firmada ante notario. Luego se solicita la cancelación registral de la cooperativa, lo que supone su extinción definitiva como persona jurídica.

Desde FECOMA te acompañamos en este proceso
Sabemos que enfrentarse a una disolución puede resultar complejo y emocionalmente difícil. Por eso, en FECOMA ofrecemos asesoramiento gratuito y personalizado a todas las cooperativas de la Comunidad de Madrid que necesiten ayuda para:
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Comprender los pasos y plazos legales
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Tramitar la documentación necesaria
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Resolver dudas fiscales, contables o laborales
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Gestionar la relación con administraciones
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Velar por los derechos de las personas socias
Contamos con personal técnico especializado, consultores externos y una red de entidades colaboradoras para ofrecer una respuesta eficaz, ajustada a la ley y a las necesidades reales de cada cooperativa.
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Si tu cooperativa está considerando su disolución…
Contacta con nosotros. En FECOMA estamos a tu lado para acompañarte con rigor, respeto y responsabilidad. Nuestro objetivo es que ninguna cooperativa se enfrente sola a este momento, y que cada decisión se tome con toda la información necesaria.