El trabajo de la Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid (FECOMA) ha sido decisivo para alcanzar el consenso de todos los grupos parlamentarios en su aprobación en la tarde de ayer en la Asamblea de Madrid. La nueva Ley sustituirá, cuando entre en vigor definitivamente, a la Ley 4/1999, de 30 de marzo que, pese a tratarse de un texto de gran calidad jurídica, había quedado obsoleto.
La Asamblea de Madrid aprobó en la tarde del 10 de febrero, por unanimidad de todos los grupos parlamentarios, la nueva Ley de Cooperativas de la Comunidad de Madrid que sustituirá, una vez se cumplan sus plazos administrativos preceptivos, a la Ley 4/1999, de 30 de marzo.
Si bien el texto precedente era de una gran calidad jurídica, desde su entrada en vigor han pasado ya casi 25 años. La sociedad ha cambiado y, consecuentemente, el sector cooperativo, que genera un 8% del PIB regional, requería con urgencia una modernización que ya era un hecho en otras comunidades autónomas.
La nueva Ley de Cooperativas va a regular a las cerca de 1.000 sociedades cooperativas que hay en la Comunidad de Madrid, dando empleo a 30.000 trabajadores, en su mayor parte socios cooperativistas, siendo el resto empleados. Hasta un 8% de la población activa (cerca de 200.000 personas) en la Comunidad de Madrid, está vinculada a las distintas clases de cooperativas.
El proyecto de esta nueva Ley de Cooperativas de la Comunidad de Madrid que acaba de ser aprobada comenzó a fraguarse en el año 2017. Su proceso ha sufrido dos parones en todo este tiempo, el último de ellos debido al adelanto electoral del año 2021. Pese a todo, y en todas las coyunturas, FECOMA ha trabajado intensamente buscando el consenso de todo el arco parlamentario con el movimiento cooperativo regional.
Así, FECOMA ha mantenido reuniones y jornadas de trabajo con todos los grupos políticos con representación en la Asamblea, escuchando y compartiendo con el resto las propuestas que cada uno de ellos ha formulado, buscando siempre la unanimidad en la aprobación que finalmente se ha producido. “De hecho, dedicamos nuestro Faro de la Economía Social de noviembre pasado a analizar la Ley de Cooperativas con todos los portavoces de Economía, cuando se empezaron a debatir las ponencias y las enmiendas. Fue una jornada espectacular, moderada por la periodista Lucía Méndez, en la que creo sinceramente que vio definitivamente la luz el acuerdo final para sacar adelante la ley ratificada hoy”, afirma Carlos de la Higuera, presidente de FECOMA.
«Agradecemos, a la Asamblea de Madrid, y a todos los grupos parlamentarios, su talante conciliador para llegar a este gran acuerdo para renovar la Ley de Cooperativas, un texto muy esperado y que será aún mejor recibido por las cooperativas» – Carlos de la Higuera Pérez, presidente FECOMA.
Las novedades de la Ley de Cooperativas
La nueva Ley adapta la legislación cooperativa de la Comunidad de Madrid a los nuevos tiempos.
Una de las principales novedades que introduce es el impulso de una mayor eficiencia en la gestión de los trámites cooperativos, reduciendo los plazos administrativos de tareas como la constitución de una sociedad cooperativa, los cambios en los consejos rectores, la gestión de asambleas o de cuentas anuales. Todos ellos, que se formalizan en el Registro de Cooperativas, se van a agilizar para que las cooperativas ganen en eficiencia.
Para la mayoría de las sociedades cooperativas la nueva Ley va a reducir la dotación económica necesaria al fondo de reserva obligatorio, mejorando así la liquidez de estas sociedades y la posibilidad de emplear esos fondos en dinamizar su actividad.
Asimismo, la Ley amplía a todas las cooperativas la posibilidad de ser declaradas sin ánimo de lucro, cuando antes ésto sólo era posible para las cooperativas de trabajo que tenían la consideración de “Iniciativa Social”. Ahora, también las de viviendas, de servicio, de educación o las energéticas pueden declararse, si así lo desean, siempre que cumplan los requisitos establecidos por el nuevo texto, como entidades sin ánimo de lucro, una declaración especial que debe emitir igualmente el Registro de Cooperativas. “Ahora, todas aquellas que tengan un fin social, y les interese constituirse como cooperativas sin ánimo de lucro, van a poder hacerlo”, confirma el presidente de FECOMA.
Otra de las grandes ventajas del texto recién aprobado es que faculta la gestión online o digital de las asambleas y consejos rectores. Como ocurriera durante la pandemia, durante el estado de alarma, éstos ya no van a tener necesariamente que ser presenciales con todos sus integrantes en un mismo lugar. La nueva ley consolida este avance, que ahorra costes, al tiempo que reduce el impacto en la huella de carbono.
Por último, entre las novedades más destacadas está también que la nueva Ley fija un capital mínimo de un euro para constituir una sociedad cooperativa, o lo que es lo mismo, en la práctica, y al menos para la constitución, no hace falta un capital previo para constituir una cooperativa. “Agradecemos, a la Asamblea de Madrid, y a todos los grupos parlamentarios, su talante conciliador para llegar a este gran acuerdo para renovar la Ley de Cooperativas, un texto muy esperado y que será aún mejor recibido por el sector”, termina Carlos de la Higuera.